Nuevo Decreto 039 / 20
Municipio intensifica la prevención ante el COVID-19
En la noche del domingo, luego del anuncio de las nuevas medidas establecidas por el presidente de la Nación Dr. Alberto Fernández, autoridades municipales se reunieron para tratar nuevas disposiciones municipales para la ciudad de Brinkmann.
La reunión estuvo encabezada por el intendente municipal Dr. Gustavo Tevez junto a todos los miembros del Ejecutivo Municipal, concejales y tribunos.
Allí, el intendente manifestó que teniendo en cuenta la situación de emergencia por pandemia producida debido a la expansión del virus COVID-19 (Coronavirus) y las disposiciones establecidas por la Secretaría de Salud, a los fines de resguardar la salud de los agentes municipales y la salud pública en general, se considera necesario establecer el receso administrativo desde las 00:00 horas del día dieciséis (16) de marzo de 2.020, hasta las 24:00 horas del día treinta y uno (31) de marzo de 2.020 inclusive.
Asimismo, se anexan las siguientes disposiciones complementarias al decreto 039/20.
✔CENTRO DE SALUD MUNICIPAL:
Se atenderán normalmente los servicios de clínica médica, pediatría, ginecología, vacunación dispuesta por calendario y farmacia.
Solo se atenderán URGENCIAS y EMERGENCIAS desde el 16/03/2020 al 31/03/2020, los demás servicios, a saber: odontología, oftalmología, psicopedagogía, fonoaudiología, psicología, traumatología, control de niño sano, certificados escolares, carnet de conducir, rayos s, etc.
Se contará con servicios de Guardia Médica las 24 horas, enfermería y administración.
✔ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL:
Regirá entre el 16/03/2020 al 31/03/2020 inclusive, el Asueto Administrativo dispuesto por Decreto 039/2020, disponiendo las distintas Secretarías y Direcciones del Gobierno Municipal de la organización de las áreas respectivas, de manera tal de no afectar los servicios básicos.
A tal fin se seguirá el Siguiente cronograma:
Edificio Municipal:
*Mesa de Entradas: Atención Telefónica
*Contaduría, Catastro, Rentas: Guardia Mínima
*Taller Municipal: Guardia mañana y tarde.
*Inspectoría: Guardia 24 Hs.
*Servicios Públicos: Atención Telefónica 24 horas.
*Recolección de Residuos Domiciliarios: Domingos, Miércoles y Viernes.
*Recolección de Voluminosos: Lunes a Viernes
*Cortado de Césped y Desmalezamiento: Lunes a Viernes
*Campaña contra el Dengue: Lunes a Viernes
*Operadoras Ecológicas (calles y Espacios Verdes): Todos los días.
✔Registro Civil: Solo Inscripción de Nacimientos, Defunciones y DNI por extravío.
✔Centro Cultural Puni Frola: Atención telefónica de 7 a 14hs.
✔Desarrollo Social: Atención telefónica de 7 a 14 hs.
✔Oficina de Empleo: Atención telefónica de 7 a 14 hs.
✔Biblioteca Pública Municipal: Cerrado
Archivo Histórico: Cerrado
Obrador Municipal: Cerrado
✔Taller Integrador Municipal La Colmena: Cerrado
✔Sala Cuna: Cerrado – Servicio de Vianda de 11 a 13 hs.
✔Hogar de Día: Solamente retiro de Viandas de 11 a 12 Hs.
✔Comedores Paicor: Servicio de Vianda de 11 a 13 hs.
Las presentes medidas son excepcionales y su vigencia estará sujeta al desarrollo de la situación de emergencia y a las distintas circunstancias que se vayan dando, teniendo especialmente en cuenta que nuestra ciudad se encuentra llevando a cabo la Campaña de Lucha contra el Dengue, la cual seguirá vigente.
➡️Medidas de prevención
La secretaria de Salud Dra. Alicia Rodríguez informó las siguientes medidas de prevención a tener en cuenta por todos los actores de la sociedad:
*LAVARSE LAS MANOS con frecuencia. Utilizar agua y jabón durante 30 segundos. Si no se tiene agua cerca, hacerlo con alcohol en gel.
*EVITAR EL CONTACTO cercano con personas enfermas.
*QUÉDARSE EN CASA cuando se esté enfermo y/o resfriado.
*LIMPIAR Y DESINFECTAR objetos y superficies que se tocan con frecuencia. Utilizar lavandina, cloro y/o desinfectantes.
*CUBRIR LOS ESTORNUDOS Y TOS con el pliegue del codo. Evitar tocarse la nariz, ojos y boca con las manos.
➡️El Municipio solicita a niños y adolescentes permanecer en sus viviendas; adultos extremar medidas de prevención en viviendas y lugar de trabajo; evitar asistir a reuniones familiares o de amigos; evitar lugares muy concurridos.
Si el paciente presenta síntomas como fiebre, dolor de cabeza, tos, dificultad para respirar, no automedicarse y asistir de manera urgente al Centro de Salud Municipal o consultar con su médico de cabecera.
D E C R E T O Nº 039/20
________________________
VISTO:
El Decreto 038/20 fecha trece (13) de marzo de 2.020 y el Decreto de
Necesidad y Urgencia dictado por el Gobierno Nacional (DNU 260/2020),
a los fines de evitar la proliferación del virus Covit-19 (Coronavirus),
declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Y CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta la situación de emergencia por pandemia
producida debido a la expansión del virus COVIT-19 (Coronavirus) y las
disposiciones establecidas por la Secretaría de Salud, a los fines de
resguardar la salud de los agentes municipales y la salud pública en
general, se considera necesario establecer el receso administrativo desde
las 00:00 horas del día dieciséis (16) de marzo de 2.020, hasta las 24:00
horas del día treinta y uno (31) de marzo de 2.020 inclusive.
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRINKMANN
D E C R E T A
Artículo 1º: DISPÓNESE RECESO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL
desde las 00:00 horas del día 16 de marzo de 2.020 y hasta las 24:00
horas del día 31 de marzo 2.020, y en consecuencia, DECLARESE
inhábiles, a los fines del procedimiento administrativo, los días
comprendidos en dicho período.
Artículo 2º: Que los Secretarios y/o Directores de las diferentes áreas
municipales, cuyos servicios sean indispensables y por tal motivo no
pueden ser interrumpidos, dispondrán las medidas necesarias a fin que sean prestados regularmente, designando el personal municipal a cuyo
cargo estará su cobertura.
Artículo 3º: FACÚLTESE a la Secretaría de Gobierno a dictar normas de
ejecución, interpretación y/o excepción que resulten necesarias para la
aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 4º: DÉSE amplia difusión del presente por todos los medios
masivos de comunicación.
Artículo 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y
archívese.
Brinkmann, 15 de marzo de 2.020.
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