La AFIP oficializó en las últimas horas, que la recategorización de monotributistas correspondiente al semestre enero-junio de 2021, podrá efectuarse a partir del 28 de julio hasta el 17 de agosto, ambas fechas inclusive.
Esa recategorización tendrá efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022, según la Resolución General 5028/202, publicada en el Boletín Oficial.
Esta decisión apunta a «brindar certeza a los contribuyentes y responsables respecto de sus obligaciones tributarias», según el texto oficial.
La AFIP dispuso también que la obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes correspondiente al período devengado agosto de 2021, se podrá efectuar hasta el 27 de agosto inclusive.