Concejo de Morteros: Declaran Patrimonio y Bien Cultural a la Lengua Piemontesa

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El Proyecto de Ordenanza ingresó en la sesión del Concejo Deliberante y la concejal Williner explicó que “este proyecto surge a raíz del hermanamiento del año 2006 y consideramos que es una lengua que no tiene que desaparecer, y esta zona de la Argentina es en la que más se habla”.

Gabriel Manavella, Yanina Bonansea y Elina Blangetti, referentes de Familia Piemontesa y Sociedad Italiana, resaltaron la importancia del proyecto.

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO: la necesidad de reconocer al idioma Piemontes y darle el lugar de importancia que se merece como herramienta comunicativa para el desarrollo económico, cultural y social  en el  nacimiento de nuestra comunidad; y

CONSIDERANDO: I) Que se trataba del único idioma que hablaron gran parte de los inmigrantes y pobladores de nuestra zona desde el nacimiento de nuestra comunidad hasta bien entrada la década de 1960. Contando en la actualidad con un importante número de personas  que lo siguen hablando.

II) Que desde el 4 de marzo de 2006 nuestra Ciudad se encuentra hermanada con la Ciudad Piemontesa de Caselle Torinese; reforzando así, los lazos culturales históricos y familiares con Italia, precisamente con la Región de Piemonte

III) Que existe en Morteros una institución que trabaja en forma constante desde el 27 de Julio de 1993, llamada: “Familia Piemontesa de Morteros”; colaborando y cultivando en forma continua dicha relaciones con nuestra querida localidad hermanada y distintas zonas de Piemonte, donde existen contactos directos entre familiares y amigos de ambos países.

IV) Que dichas relaciones y gestiones realizadas, ayudó en la comunicación, el manejo de la lengua piemontesa de parte de los mortereses donde todavía acostumbran usarla.

V) Que en visitas a nuestra ciudad y zona, realizadas por habitantes de la Región de Piemonte, se admiraron como gente joven todavía manejaban perfectamente este idioma, provocando esto, la venida del profesor de la Universidad de Torino Eugenio Goria, donde realizó por ese motivo un trabajo investigativo sobre las costumbes, cultura y manejo de la lengua piemontesa, dicho trabajo fue presentado en la misma Univesidad de Torino.

VI) Que el Art. N°22 de la Carta Orgánica Municipal, del título Patrimonio Cultural, establece como política especial de la Municipalidad conservar, enriquecer, proteger y difundir el patrimonio cultural local.

VII) Que la Ordenanza N° 1491 en su Art.1° crea el régimen de derecho correspondiente a los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Ciudad de Morteros sin excepción, para regular todo lo relativo a su rescate, identificación, protección, restauración, investigación, conservación, registro, mantenimiento, exhibición y difusión de su conocimiento. En su Art.3° Constituyen el patrimonio cultural de la ciudad de Morteros los bienes materiales o inmateriales testimonio de creación humana que sean declarados tales por sus características o antecedentes. Y en su Art.5° la declaración formal  se realiza, por Ordenanza del Concejo Deliberante.

VIII) Que es de vital importancia preservar, salvaguardar, proteger, promover y transmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural de nuestra ciudad, atento a lo que dice la Ordenanza N°1491 en sus Art.7° Pueden ser declarados «bien cultural» de la ciudad de Morteros los bienes muebles, inmuebles e intangibles de interés histórico, científico, artístico, folclórico, arquitectónico, antropológico, paleontológico, biológico, lingüístico o religioso, tales como: inc.e) las manifestaciones folclóricas, musicales, coreográficas, religiosas, literarias o lingüísticas, artesanales o de industria popular, el acervo toponímico y la cultura tradicional de la comunidad, la farmacopea y la medicina popular; y en su  Art.8° De acuerdo a sus características, los «bienes culturales» podrán ser clasificados, en el acto de declaración formal, inc.c) bien de interés social.

            POR TODO ELLO, el CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MORTEROS, en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A :

Art. 1º) DECLÁRESE a la lengua PIEMONTESA como Patrimonio y Bien Cultural Intangible de la ciudad de Morteros

.

Art. 2º).- Póngase en conocimiento de la presente, a Sociedad Italiana de Morteros, a Federación de Asociaciones Piemontesas Argentinas, a Familia Piemontesa de Morteros, y a las autoridades de la hermanada ciudad de Caselle Torinese (Italia).

Art. 3º) Dispóngase la colocación de una placa distintiva en el Monumento al Hermanamiento en el paseo Caselle Torinese, con el siguiente texto: LENGUA PIEMONTESA “PATRIMONIO Y BIEN CULTURAL INTANGIBLE DE LA CIUDAD DE MORTEROS”. Según Ordenanza N°……

Art.4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, protocolícese y publíquese.

Foto: Radio Centro Morteros

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